www.clubdeperuanos.com Enero 2008

La Esquina Legal

Por el Doctor Javier Gamarra

Estimados lectores; este mes compartiré con ustedes algunas dudas que he recibido de nuestra comunidad:

1. Me divorcié en USA, hace 5 años, de mi marido peruano. Mi ex – marido ya regresó a Perú, e inclusive, tiene un nuevo compromiso (tengo entendido que no se ha vuelto a casar). Yo quiero comprarme un departamento en Lima. ¿Puedo comprarlo como norteamericana?, o si lo compro como peruana y al no haber tramitado mi divorcio allá, ¿Puede mi marido reclamar la mitad de la propiedad?…o, ¿Mejor la compro a nombre de mis hijos?

Si te divorciaste en USA y no has hecho el trámite de Reconocimiento de Sentencia Extranjera, entonces continúas casada para las leyes peruanas; por lo tanto, si decides comprar un inmueble, lo más recomendable sería comprarlo a nombre de tus hijos, para evitar problemas en el futuro.

2. Estoy confundida. Me casé en Lima, pero ahora vivimos aquí y hemos decidido divorciarnos. ¿Me tengo que divorciar dos veces (aquí y en Perú)? o ¿Sólo tengo que hacerlo aquí – y luego tramitar el reconocimiento de la sentencia de divorcio allá? O, ¿Tenemos que tramitar el divorcio en ambos países?

Si te casaste en Perú y te encuentras en USA y deseas divorciarte, tienes dos alternativas:

a) Divorciarte en USA y luego hacer el Proceso de “Exequatur”; es decir, el Reconocimiento de Sentencia Extranjera en el Perú, para que ese divorcio tenga validez en el Perú.

b) Divorciarte directamente en el Perú, lo pueden hacer a través de un Poder Consular, si es que no pueden venir al Perú.

Elegir una u otra alternativa dependerá de las necesidades de cada persona.

3. Mi divorcio en USA fue muy penoso, y más aún, porque mi marido me dejó después de 10 años de casados. ¿Tengo que pasar por todo esto otra vez para ser reconocida como divorciada en Perú,? ¿Qué me puede pasar si lo dejo todo así? Además, ya no sé nada de mi ex marido, e inclusive, él ya se volvió a casar y ha hecho su familia.

El proceso de Reconocimiento de sentencia extranjera, es un trámite relativamente sencillo, ya que es un proceso no contencioso; lo único que se hace es darle validez a la sentencia extranjera de divorcio para que tenga eficacia en el Perú.

El no realizar el reconocimiento, implica que para las leyes peruanas sigas casada, por lo tanto, podrías tener problemas en el futuro, si es que existen bienes en común, o en caso de fallecimiento de algunos de los cónyuges.

4. Me casé en Perú, luego vine a USA con mi marido, pero me casé con otro, sin divorciarme de mi marido, para poder regularizar mis papeles. Ya tengo mis papeles y también ya me divorcié de mi marido norteamericano que me dio los papeles. Ahora, mi primer marido – y padre de mis hijos – con el que he vivido toda mi vida, se ha ido de la casa y me ha pedido el divorcio. ¿Tenemos que divorciarnos en Lima o por el hecho de que en USA, nunca me casé con él, no tendría por qué divorciarme? Tenemos 2 hijos juntos, Por el hecho de que, supuestamente, no esté casada en USA; ¿Él podría negarse a enviar dinero a nuestros hijos? ¿Me puede acusar de bígama, a pesar de que ambos acordamos que me iba a casar por papeles?

Son varias sus inquietudes, comenzaré por indicarle que, independientemente de su situación marital, sus 2 hijos tienen pleno derecho de exigir, a través de su representación, los alimentos a su padre; ya que tanto el padre como la madre están obligados por ley, a proporcionar los alimentos a sus hijos (Entiéndase por alimentos lo necesario para el sustento, la habitación, vestidos, educación, instrucción y capacitación para el trabajo, asistencia médica y recreación del niño o del adolescente).

Con respecto a su relación marital, ustedes pueden divorciarse en los Estados Unidos y luego hacer el proceso de Exequatur (Reconocimiento de sentencia extranjera) para que el divorcio tenga eficacia jurídica en el Perú; usted debe saber que su segundo matrimonio era nulo, ya que el casado está impedido de casarse nuevamente; obviamente, usted cometió el delito de bigamia, que como sabe, es penado tanto en los Estados Unidos como en Perú. Lo que debe hacer usted, a fin de evitarse problemas mayores con el gobierno de los Estados Unidos, -ya que finalmente usted se valió de ese segundo matrimonio para conseguir regularizar sus papeles en USA-, es divorciarse de su primer esposo por mutuo acuerdo.

5. Me casé cuando era joven con un chico peruano, pero el matrimonio no duró ni un año. Yo me vine aquí sola para rehacer mi vida. Nunca más supe nada de él, y a los pocos meses de estar aquí, conocí a mi marido norteamericano. A los meses, nos casamos y ahora tenemos 2 años juntos, pero estamos teniendo problemas. Tenemos una hijita. Él me está amenazando con que me va a denunciar por bígama, a pesar de que él siempre supo que mi primer matrimonio había durado muy poco y aunque no me había divorciado, no tenía ningún contacto con él. ¿Me puede perjudicar? ¿Qué hago?

En este caso, si su marido norteamericano quiere perjudicarla, puede denunciarla por bígama, pero de esta manera, también él mismo se perjudicaría, puesto que él también cometió un delito, al casarse teniendo pleno conocimiento de que usted estaba casada en Perú. Le recomendamos que, independientemente de los problemas que usted está teniendo en los Estados Unidos con su marido norteamericano, inicie los trámites de divorcio en Perú de manera reservada.

@Club:Si tienes alguna duda o necesitas más información sobre este tema legal, escríbele directamente al Dr. Gamarra a: doctor_gamarra@yahoo.com, o visite su website en: www.gdceabogados.com; o llámelo al tel: (786) 228-9898.



Dr Javier Gamarra Dancourt
El Doctor Gamarra estudio derecho en la Universidad de Lima. Egresado en 1993, se especializa en Derecho Civil. Ejerce en Lima pero viaja constantemente a los Estados Unidos para atender los asuntos legales pendientes de los peruanos en EEUU.

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