www.clubdeperuanos.com Marzo 2008


Inmigración al día
Por Nora P. Campos-Orrego

Nora P. Campos-Orrego, Abogada Peruana-Americana especialista en Leyes de Inmigración y Naturalización de los Estados Unidos de América

Gracias al apoyo que los latinos le han dado a la Candidata Demócrata Hillary Clinton, ella sigue en la contienda electoral. Ella, ha ofrecido someter al Congreso una Reforma Migratoria dentro de los 100 primeros días de su gobierno. El voto hispano puede ser determinante para el triunfo de un candidato que esté comprometido con nuestras causas… Hagamos valer nuestra voz y todos unidos apoyemos al Partido Demócrata, y específicamente, a la posible primera presidenta mujer de los USA… ¡¡¡Tenemos que seguir activos hasta lograr la candidatura de Hillary Clinton!!!


Pregunta:
Soy residente en Randolph, estado de Massachusetts, como usted misma ha puesto en su página su e-mail para comentarios y consultas, aprovecho para saludarla y hacerle una consulta (valga la redundancia). En Abril del 98, mis dos hijas y yo, entramos a este país como residentes. Hace ya más de cuatro años que soy ciudadana, lo mismo que mi hija mayor; la menor, -según ella- no tenía apuro, pero el año pasado, cuando subieron las tarifas en todo lo relacionado a inmigración, nos dimos cuenta que este año se cumplía la fecha para renovar la green card. Como renovar dicha tarjeta costaba un poco menos que aplicar para la ciudadanía, prefirió hacer lo segundo, lo hizo el 18 de Junio o Julio, no estamos seguras. El viernes 29 de Febrero del presente año le ha llegado la carta para su examen que será el 16 de Abril, 10 días después del vencimiento de la Green Card. La pregunta es Dra. si ella, ¿Debe renovar su Green Card antes de presentarse al examen? Es decir, ¿Pagar más de $300.00 por sólo 10 días? Le agradecería su respuesta en cuanto tuviera tiempo de escribirme.

Dra. Campos-Orrego: MARCELA. Muy buena pregunta, sin lugar a dudas, sería una pérdida de dinero que tu hija renovara la tarjeta de residente si está a punto de convertirse en ciudadana. En otras palabras, no es necesario que renueve la tarjeta para presentarse a la ciudadanía.

Pregunta:
Siempre leo el boletín con sus artículos. Esta vez tengo una pregunta para mí. Mi hija ciudadana me pidió en residencia y ya sometí todos mis documentos en Los Angeles, hasta he puesto mis huellas digitales y me llegó mi permiso de trabajo. Por emergencia, tuvieron que operar a mi esposo en Perú y tuve que viajar a Lima con urgencia; pero una semana antes, sometí mi “Advance parole”, la cual no ha sido aprobada todavía. Mi pregunta es: ¿Hay algún problema si yo salí de USA sin que el documento haya sido aprobado?, ¿Mi estatus es legal?, ya que yo entré como turista, me dieron seis meses de estadía y en ese lapso mi hija sometió la aplicación. Yo salí el 11 de diciembre y el “parole” lo envié el 8 del mismo mes. Pienso volver a USA en cuanto mi hija me envíe el “parole”; ¿Cree usted que tendré problemas para entrar?? Otra pregunta, ¿Qué sucede si me llega la cita para la entrevista y yo estoy en Lima todavía? ¿Podría postergar la fecha o eso me va a traer algún problema? ¿Siempre que otorgan la residencia, tiene que ser previa entrevista o existe la posibilidad de que me llegue por correo?

Dra. Campos-Orrego: ROCIO. Bueno, definitivamente no debías haber viajado sin la autorización de Inmigración. Ellos pueden cancelar tu trámite de residencia, por lo que las consecuencias de lo que hiciste puede conllevar a que te la nieguen. Por otro lado, el hecho de que no estuviste ilegal en los USA, te favorece. Posiblemente te toque volver a aplicar a la residencia y si llega la cita, lo que Inmigración va a hacer, es cerrar administrativamente tu caso.

Pregunta:
Me casé el año pasado con un ciudadano americano y ya tengo mi residencia temporal, que deberé renovar en dos años. Cuando me casé, mi hija que se quedó en Perú tenía 15 años y lamentablemente, por motivos de estudios, ella no vendrá a vivir conmigo hasta terminar secundaria. Mi consulta es, ¿Puede mi esposo pedir a mi hija cuando ya haya cumplido los 18 años o debo esperar a hacerme ciudadana y pedirla antes de que tenga 21?

Dra. Campos-Orrego: PATRICIA. Te tengo buenas noticias, tu esposo puede pedir a tu hija menor de 21 años, el único requisito, es que cuando ustedes se casaron ella era menor de 18 años. Cuando la niña se gradúe en Perú, tu esposo la puede pedir y en unos nueve a doce meses, debe estar llegando a los USA con su residencia permanente y tendrá las puertas abiertas de esta gran nación.

Pregunta:
Tengo un problema muy grande , yo actualmente estoy casada con un ciudadano americano, él es del “Army” y en este momento está en Irak; nosotros tenemos 1 año y meses de casados , pero él regresó hace poco y me dijo que quiere divorciarse de mí porque las cosas no funcionan, aparte de la distancia y todo, nos perjudicó el que él tiene un genio especial y todo esto ha hecho que la relación se enfríe. Ahora yo estoy con la residencia condicional, tengo que renovarla a finales de este año y no sé qué hacer. Pienso que esto me va a perjudicar para poder pedir la residencia permanente, ¿Qué puedo hacer? Necesito saber si esto me va a perjudicar.

Dra. Campos-Orrego: GISSELLA. Bueno, si él desea divorciarse, nada lo va a detener; lo único que te puedo decir, es que debes aplicar a la renovación de tu residencia como divorciada y debes someter toda la evidencia del matrimonio, incluyendo cuentas de banco, tarjetas de crédito en común, cuentas de teléfono de llamadas hacia Irak, declaraciones de impuestos juntos, fotos, cartas de familiares, etc. Será difícil pero no imposible. Si tu matrimonio fue de buena fe, debes luchar por tu residencia permanente.

Pregunta:
Doctora, quisiera saber si yo puedo arreglar mi situación legal por matrimonio, ya que tengo mi novia puertorriqueña y me voy a casar pronto. Yo vine con visa de turista legal a los USA, pero aquí me la robaron y no tengo otro comprobante de haber venido con visa. Quisiera saber ¿Cómo puedo hacer? O, ¿Tendría que esperar las 245 I?

Dra. Campos-Orrego: ANGEL. Debes tratar de conseguir un duplicado de la tarjeta I-94 que se te perdió. Para ello, puedes entrar a la página de inmigración, que es www.uscis.gov, ir a “Immigration forms” y buscas la forma I-102. Si te envían el duplicado, tienes la evidencia de que entraste legal y puedes someter tus papeles para la residencia. De lo contrario, deberás esperar la sec 245(i) que te permite pagar una multa y tramitar tu residencia en los USA.

Como ustedes ya saben estoy a su disposición en migra2007@clubdeperuanos.com para recibir sus comentarios, sugerencias y/o consultas.
¡¡¡QUE DIOS LOS BENDIGA!!!
Lcda. Nora P. Campos-Orrego.


Nora Campos-Orrego
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