| Inmigración al día
Por Nora P. Campos-Orrego, Abogada especialista en Leyes de Inmigración.
Tiempo en Casos Procesados en Miami: Para aquellas personas que tengan solicitudes en trámite, les comento el último reporte de casos procesados por la Oficina de Servicios de Inmigración y Ciudadanía del Distrito de Miami, que tiene fecha Mayo 18, 2005. Esta oficina nos reporta lo siguiente:
Los casos de Ajuste de Status para obtener la Residencia (La forma conocida como I-485 completa) que se están trabajando actualmente, son los recibidos hasta Marzo 25 del 2004; esto significa, que los trámites para obtener la residencia por peticiones familiares están demorando aproximadamente 14 meses. Los casos de Ciudadanía -Forma conocida como N-400- que se están trabajando actualmente, son los recibidos hasta Marzo 13 del 2004; esto significa, que los trámites para volverse ciudadano de los Estados Unidos de América están tomando aproximadamente 14 meses. Los casos de permiso de viaje (La forma conocida como I-131) que se están trabajando actualmente, son los recibidos hasta Abril 18 del 2005. Esto significa, que los trámites para obtener el permiso de viaje para los que están esperando su residencia por peticiones familiares están demorando aproximadamente 30 días.
Además, debo mencionar los casos que son procesados por el “Texas Service Center”, área a la que corresponden ciertos trámites de los residentes del Estado de Florida, como las peticiones familiares (La forma conocida como I-130 solamente) que se desglosa así:
Las peticiones de ciudadano americano para cónyuge, hijos e hijas menores de 21 años y padres o madres que se están trabajando, son las recibidas hasta Febrero 28 del 2005. Las peticiones de ciudadano americano para hijos e hijas solteros mayores de 21 años que se están trabajando, son las recibidas hasta Mayo 7 del 2001. Las peticiones de ciudadano americano para hijos e hijas casados que se están trabajando, son las recibidas hasta Mayo 7 del 2001. Las peticiones de ciudadanos americanos para hermanos o hermanas que se están trabajando son las recibidas hasta Septiembre 1 de 1999.
Las peticiones de residentes de los Estados Unidos de América para cónyuge, hijos e hijas menores de 21 años que se están trabajando son las recibidas hasta Marzo 1 de 2000.
Las peticiones de residente para hijos e hijas solteras mayores de 21 años que se están trabajando son las recibidas hasta Enero 4 de 1999.
Recuerden que los residentes no tienen derecho a pedir a los padres o madres, hijos e hijas casadas y hermanos o hermanas.
Aclarado esto, paso a contestar un par de consultas:
Pregunta:
Tengo 18 años recién cumplidos y soy ciudadana, mi novio tiene 27 años y bueno, quiero saber cómo tenemos que hacer para casarnos y yo poderlo pedir , me gustaría mucho que me expliques los pasos que tendríamos que seguir y más o menos cuánto demoraría.
Dra.Campos-Orrego: Vanessa, me cuentas que tienes 18 años cumplidos y te quieres casar con tu novio. Me parece que estas muy joven para ello; pero en fin, si ésa es tu decisión, qué se va a hacer. En tu carta no me indicas que nacionalidad tiene tu novio, ni me dices si entró legal a este país, así que te voy a dar dos respuestas. Primero, si entró legal- esto significa con visa- simplemente vas a la corte civil te casas y luego le presentas un ajuste completo para cambio de status; si entró ilegal-esto es cruzando la frontera sin visa- entonces así te cases con él, no va a poder resolver su status legal en este país. Además de esto, tú debes otorgar una declaración jurada de soporte económico explicando que él no será carga pública en éste país, presentar tus tres últimas declaraciones de impuestos y constancia de trabajo. Claro, puedes conseguir que un familiar tuyo te ayude, sometiendo otra declaración que apoye la tuya si no tienes todos los requisitos que exigen.
Pregunta:
Mi hermano se casó en diciembre del 2004, la novia y él se presentaron al sorteo de lotería de visas en Octubre del 2004 como solteros. Ella ganó el sorteo y tiene que enviar aplicaciones antes de octubre del 2005. Se pueden enviar documentos y aplicar para la visa de residente como casados ¿O no? Por otro lado en octubre del 2000, a mi hermano le negaron la entrada a USA y lo devolvieron al Perú, perdió la visa y recibió un castigo de 5 años sin poder ingresar a USA. El castigo se cumple ahora en octubre 2005. Me gustaría saber, si este caso afectará el ser elegible para esta visa ¿O no? ¿Qué nos puede aconsejar con su experiencia?
Dra. Campos-Orrego: Mercedes, las reglas de la lotería de visas son muy claras, lo más probable es que no acepten que tu hermano aplique con la esposa, ya que cuando éstos se inscribieron lo hicieron por separado; claro entiendo que no estaban casados aún- pero como yo no creo en los imposibles y sí creo en que tratar no cuesta nada-; les aconsejaría que traten de someter los papeles de tu hermano junto con la esposa y que sea el Departamento de Estado y la Oficina de Inmigración de los Estados Unidos, la que determine si entra o no en la residencia de su esposa. Ahora, el asunto de la deportación anterior de tu hermano, sí me preocupa, ya que dependerá totalmente de éstos dos organismos gubernamentales aceptarle o no un perdón. En otras palabras, el perdón no es automático y en el caso de tu hermano su suerte esta en manos de ellos.
Espero haber despejado sus dudas con respecto al tema, y como siempre estoy a su disposición en migra2005@clubdeperuanos.com para recibir sus comentarios, sugerencias y/o consultas.
¡Dios los bendiga!
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