| Inmigración al día
Por Nora P. Campos-Orrego, Abogada especialista en Leyes de Inmigración.
Este mes, quiero alertar a nuestra gente, especialmente a las mujeres que son las principales víctimas de maltrato y/o violencia doméstica por parte de su pareja, ciudadano o residente legal de los Estados Unidos de América, sobre sus derechos migratorios. El problema de la Violencia Doméstica, también conocido como maltrato conyugal, es sumamente antiguo y se da en todos los niveles sociales, económicos y profesionales. Existe dentro de la leyes de inmigración una ley especial que protege a las víctimas de violencia doméstica, ésta incluye tanto al cónyuge maltratado como a los hijos de éste, pero el caso debe estar muy bien fundamentado. Un simple hecho aislado no puede ser evidencia suficiente para justificar una residencia como cónyuge maltratado, por ejemplo, el simple hecho de haber reportado un incidente a la policía, claro los méritos de cada caso deben ser analizados a base de cada caso en particular. Sin embargo, si ese solo incidente es de tal gravedad -Intento de asesinato- puede ser suficiente justificación, por supuesto.
La forma que se utiliza en esos casos es la forma I-360 que se refiere a la solicitud de residencia por razones de violencia doméstica que firma la propia víctima, -la ley no exige que el ciudadano y/o residente legal sea el peticionario-y se procesa a través del Vermont Service Center. Luego de ser aprobada la petición, el ajuste se somete en la oficina local, donde reside la víctima-peticionaria, la cual obtiene la residencia sin intervención del peticionario.
Mi recomendación a las personas que vivan con una pareja abusiva y que estén bajo intimidación por parte de éstos de ser denunciados a inmigración, es que reporten el caso de abuso doméstico a la policía y que acudan a los centros de ayuda a víctimas de violencia doméstica que existen en la ciudad donde residan. En esos centros pueden recibir ayuda de refugio/vivienda temporera y conserjería psicológica e incluso legal. Eso les puede ayudar a fundamentar su caso adecuadamente.
Durante el mes pasado, hemos recibido muchas consultas –Les pedimos disculpas ya que debido a lo limitado de nuestra columna escogeremos aquellas que entendemos son más comunes a nuestros compatriotas-. Trataré de ser lo mas breve y directa posible.
Pregunta:
Mi nombre es Flor soy Peruana y mi novio es ciudadano americano. Tenemos planes para casarnos, pero quiero contarle que me negaron dos veces la visa de turista, quisiera saber cual es la mejor forma de tramitar los papeles de esposos. Leí que la visa de Fiance es para novios y esposos…¿Debe el tramitar la visa de Fiance él primero allá? ¿O no debemos hacer nada hasta que estemos casados y vamos juntos a la embajada? Además, él no tiene un trabajo estable por que eso no le permitiría viajar a Perú a visitarme, ¿Cómo puede hacer él para llenar los papeles de support? ¿Pueden sus padres hacer los papeles? ¿Cuánto tiempo tomaría todos los papeles en el peor de los casos?.Dra.Campos-Orrego: Flor, la forma más rápida para tramitar tu viaje a los USA seria una visa de “Fiance”, para ello tu novio ciudadano americano tiene que someter una solicitud a Texas, acompañada de documentos que prueben la relación de ustedes-como tarjetas, cuentas de teléfono, fotografías contigo en Perú, etc-. En cuanto a que él no tiene un trabajo fijo, lo puede resolver con una firma de sus padres; claro tanto él como los padres tiene que extender una declaración de soporte económico en la que aseguren que no serás carga pública cuando te mudes a los USA. Como “Fiance” te otorgan 90 días para estar en los USA y en ese plazo te debes casar y someter el resto de los documentos para sacar tu residencia en este país.
Pregunta:
Recién me hice ciudadana americana y me tomó 3 años por mi esposo que es americano...Quisiera pedir a mis padres, ambos mayores de 50 años y a mi hermano de 17años. Mi pregunta es: no sé hasta qué edad es el límite para que inmigración permita a mi hermano venir con mis padres por ser el menor de edad: 18 o 21 años, pues temo que el proceso se dilate y mi hermano se quede en el aire. Estoy muy próxima a obtener mi licencia médica MD en US, ¿Debería esperar a ser médico y trabajar como tal para hacer la petición, ayudaría eso? o ¿Puedo hacer la petición ya con el argumento que mi esposo es ingeniero y su salario es bueno?, o no sé qué tan bueno deba de ser como para pedir a 3 personas de Perú.
Dra. Campos-Orrego: Charito, como ciudadana americana debes someter la petición de tus padres inmediatamente y ésta tomará aproximadamente unos nueve a doce meses en aprobarse y llegar ellos a los USA. Ahora la situación de tu hermano es muy distinta ya que él no puede emigrar con tus padres, pues si lo pides a él le llevará unos 15 años de espera aproximadamente tu petición. Por ello, te recomiendo que pidas a tus padres y que éstos luego pidan a tu hermano, esto les tomará cerca de cinco o seis años- pero es el camino más corto que ofrece inmigración. Con referencia al soporte económico no debes esperar a trabajar como doctora ya que puedes hacerlo conjuntamente con tu esposo.
Pregunta:
Hay un peruano que es residente en los EEUU, viajó a Perú y se quedó por 20 meses. ¿Cómo podría recuperar su residencia?
Dra.Campos-Orrego: Ken, El hecho de ser residente de este país tiene ciertas limitaciones, y entre ellas está el hecho de que si saliste más de seis meses de los USA, no eres más residente de este país. Salvo que hubieras hecho un trámite de “Reentry Permit” que te protegiera de perder tú residencia antes de salir de los USA. Lo que significa, es que ese peruano ya no es más residente de acá. Para recuperar su residencia, tuviera que volver a aplicar como la primera vez que la obtuvo y si todavía tiene derecho a su residencia la puede obtener nuevamente. Por ejemplo, si obtuvo su residencia por matrimonio con ciudadana americana y siguen casados puede volver a obtener la residencia haciendo todo el trámite nuevamente.
Pregunta:
Mi hermano tiene 2 años de casado con ciudadana americana, tienen una hija de un poco mas de un año de edad, el tiene el Permiso de Trabajo que vence dentro de 10 meses aproximadamente. Hace un par de meses ellos tuvieron una pelea y la esposa por venganza envió una carta simple al INS diciendo que paren todos los trámites para la residencia de mi hermano, ya que él la abusaba sexualmente y también la agredía físicamente (lo cual no es cierto). A las dos semanas ellos se amistaron y están juntos nuevamente. Ella envió una carta notarial al INS rectificándose de la carta anterior. El día de ayer le ha llegado a mi hermano una carta del INS diciendo que su solicitud para la Residencia Permanente fue rechazada de acuerdo a la solicitud que hiciera llegar su esposa, no mencionan la segunda carta que ella envió. Yo veo todo esto muy complicado y sin esperanzas de nada, ¿Qué deben hacer? ¿Deben recurrir a un abogado especialista en Inmigraciones?
Dra.Campos-Orrego: Rocio, definitivamente tu hermano y la esposa deben de ir a un abogado especialista de inmigración y contarle todo lo que pasó para que éste trate de presentar una moción de reapertura del caso, y de aclarar el malentendido que hubo entre ellos. Con inmigración no se juega, y tu hermano puede ser procesado y deportado.
Pregunta:
Tengo 34 años, casado con un hijo de 4, llegamos a este país con visa hace 3, trabajo como diseñador gráfico en una compañía en California desde hace 2 años, mi jefe esta dispuesto a hacer una petición laboral para mí, ¿Qué es lo que debo hacer? ¿Esto incluye a mi familia? la visa de mi esposa de 10 años expira en este mes, ¿Eso afectaría en algo la posible petición? ¿Cuál es el tramite a seguir para una petición laboral?
Dra.Campos-Orrego: Ernesto, si tu jefe esta dispuesto a auspiciarte una certificación Laboral, debes buscar a un especialista en tu área para que te ayude con el trámite y si te logra la certificación podrías sacar la residencia pero siempre y cuando estuvieras en estatus legal, ten cuidado porque puede ser que te aprueben la certificación y no puedas seguir el próximo paso de la residencia-investiga bien tu situación-. Una vez aprobada tu certificación laboral y pensando que estáss en status legal, sí puedes incluir en la residencia a tu esposa e hijos menores de 21 años.
Pregunta:
¿Es posible cambiar el status de la aplicación de mi hijo y esposa (hermanos de ciudadano) al momento de tener nosotros la ciudadanía dentro de unos años o si ganamos algo si la cambiamos ahora como residentes poder tener la opción posteriormente al hacernos ciudadanos al reducirles el tiempo de espera?.
Dra.Campos-Orrego: Hugo, sí definitivamente lo ideal sería que se hicieran ciudadanos y pidieran a tu hijo y familia, ya que la petición por el hermano le va a tomar cerca de quince años. En cambio como hijo de ciudadano americano mayor de edad y casado le va a tomar cerca de cinco años- ahora debo aclararte que, como residente es decir, tú status actual, no tienes derecho a pedirlo ya que tu hijo es casado.
Pregunta:
Mi nombre es Lorena y yo estoy en proceso de asilo al igual que mi familia. Mi novio vino con visa de turista y se quedó, ahora el es ilegal. Me preocupa lo siguiente, vivimos en la Florida y el como no tiene papeles no tiene licencia de conducir, el maneja mi carro y el de él, ambos están a mi nombre y tengo en uno full coverage y en el otro el mínimo. ¿Qué sucedería si comete una infracción y él no tiene licencia de conducir pero el auto está en regla? ¿Lo deportarían? ¿Qué sucedería conmigo y mi situación en éste país?
Dra.Campos-Orrego: Lorena, te aclaro que acá el problema no es que deporten a tu novio- Ya que una infracción de tránsito no necesariamente conlleva una deportación- sino que tú estás autorizando a una persona que no tiene licencia a conducir tu auto, y para todos los efectos tú eres responsable legal y económicamente de cualquier accidente que él tenga y de los daños que este ocasione.
Antes de despedirme, quiero felicitar al Club de Peruanos (www.clubdeperuanos.com), por la actividad que se llevó a cabo en coordinación con el Hotel Sonesta de Coconut Grove, en la celebración de nuestras fiestas patrias. La actividad fue un éxito y la comida peruana fue el centro de atracción, no hay duda que nuestro sabor se impone!!!
Gracias por el apoyo a mi columna y como siempre estoy a su disposición en migra2005@clubdeperuanos.com para recibir sus comentarios, sugerencias y/o dudas con respecto al tema.
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