La Esquina Legal
Por el Doctor Javier Gamarra
Hace unos días nos contactó Sandra (por confidencialidad estamos cambiando el nombre), quien como muchísimas personas, está pasando por lo mismo y no sabe cómo accionar; por lo que consideramos importante contar su historia y brindar por medio de este artículo una posible solución a su problema.
Sandra, se había casado en el Perú en el año 2002 con un peruano nacionalizado Americano, producto de esa unión, procrearon un hijo en el año 2003; es así que, por motivos de trabajo, el esposo viaja a los Estados Unidos para atender sus negocios, quedándose ella y su hijo en Perú, ya que se había planeado que pasado unos cuantos meses, ellos se reunirían con el esposo en los Estados Unidos. El esposo, cariñoso y responsable en un principio, cumplía con enviarle todos los meses el dinero para la manutención de ambos, pero de pronto, de la noche a la mañana, las cosas cambiaron radicalmente. Sandra dejó de recibir el dinero que religiosamente mandaba su esposo e inclusive, nunca más supo de él. Es aquí donde surgen las siguientes interrogantes, ¿Hay algo que se pueda hacer si el esposo no vive en el Perú?, ¿Cómo hacer para que el esposo cumpla con sus obligaciones? ¿Hay alguna norma que la ampare a ella y a su menor hijo?
Al respecto, debemos indicar que tanto la normativa nacional peruana como la internacional, (dentro de las cuales las más resaltantes a nuestro entender son la Declaración de los derechos humanos, y la Convención sobre los derechos del niño) amparan el derecho de toda persona a exigir alimentos de aquellas personas que legalmente, están obligadas a proporcionarlo, como por ejemplo, el deber de prestar alimentos de un padre respecto de su menor hijo, sea éste nacido dentro del matrimonio o fuera de él; o como por ejemplo, el deber recíproco de ambos cónyuges de prestarse alimentos, esto, independientemente del tipo de régimen patrimonial en el que se encuentren (sociedad de gananciales o separación de patrimonios). Debe entenderse por alimentos, todo lo que es indispensable para el sustento propiamente dicho: Comida, alojamiento, vestimenta, asistencia médica y la educación de los menores, o de los mayores de edad que no han terminado su formación.
Definitivamente, la solución no es tan simple tratándose de personas que se encuentran en diferentes países y sujetos a legislaciones diferentes, como es el caso de Sandra. Frente a su problema, ella tiene varias posibilidades, una de ellas podría ser, que se inicie un proceso de alimentos contra los parientes del esposo que vivan en Perú, (de acuerdo a un orden de prelación establecido en la norma especial que es el Código de los Niños y Adolescentes) a fin de que éstos cumplan con pasar una pensión de alimentos a favor de su menor hijo; o en su defecto, decida interponer un proceso de alimentos contra el obligado principal, que en este caso, sería su esposo; a fin de que judicialmente, a través de una Sentencia, un juez determine la pensión alimenticia. Esta sentencia, para poder ser efectiva en caso de que el esposo estuviera radicando permanentemente en los Estados Unidos, deberá ser reconocida por los tribunales norteamericanos a través de un proceso de Reconocimiento de Sentencia Extranjera (Exequatur).
Si optara por la segunda alternativa, Sandra tendría que realizar, previamente, una exhaustiva investigación sobre los bienes e ingresos legalmente comprobables de su esposo, para determinar si justifica o no realizar dicho trámite, teniendo en cuenta que en los Estados Unidos, los gastos a irrogarse son más elevados que en el Perú.
Cabe resaltar que la cuantía de la pensión de alimentos, dependerá de los ingresos de la persona que está obligada a abonarlos (por ello es importante como lo señaláramos anteriormente, una investigación para determinar bienes e ingresos), y de las necesidades del beneficiario; ya que a diferencia de otros países, no existe en la legislación peruana ningún criterio obligatorio al que deba ceñirse el Juez a la hora de fijar la pensión de alimentos.
Finalmente, esperamos que con este artículo se haya podido ayudar a muchísimas personas como Sandra, que están pasando por un caso similar.
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