www.clubdeperuanos.com Abril 2008


Inmigración al día
Por Nora P. Campos-Orrego

Nora P. Campos-Orrego, Abogada Peruana-Americana especialista en Leyes de Inmigración y Naturalización de los Estados Unidos de América

Gracias por la cantidad de cartas que nos envían. Me da gusto saber que algunos de ustedes me escriban y me digan que el consejo que le di a otra persona les aplicaba también; eso es lo ideal, ya que como ustedes saben, no puedo contestarle a cada uno. Recuerden que esta información no sustituye la consulta de un abogado, específicamente, sobre su caso en particular.


Pregunta:
Mi situación es la siguiente, me casé en el Perú con un ciudadano Americano, hicimos los trámites y pude venir Estados Unidos, por suerte, ya obtuve mi residencia; el asunto es que ahora quiero traer a mi madre, ella es viuda, no tengo hermanos, ella vive sola en Perú y tiene 65 años de edad. Mi pregunta es, ¿Cómo puedo hacer para traerla aquí?, me gustaría que ella también tenga residencia como yo y que viva conmigo, ya que en Perú nadie la puede cuidar. ¿Puedo hacer yo la petición o puede hacerla mi esposo como yerno para traerla? o en todo caso, ¿Será fácil para ella obtener visa de turista? Recibe su pensión de jubilación pero gana muy poco. Gracias de antemano por su respuesta.

Dra. Campos-Orrego: ZORAIDA. Bueno, traer a tu mamá a los USA va a tomar un poco más de tiempo del que usted piensa. En primer lugar, usted como residente, no tiene derecho a pedir residencia para su mamá, debes convertirte en ciudadana y para ello necesitas tener 3 años de residencia, ya que estás casada con un ciudadano americano. En segundo lugar, tu esposo ciudadano no puede pedir a la suegra. Y por último, en cuanto a la visa de turista para tu mamá, realmente sacar visa es como jugar a la lotería. No existen reglas que te aseguren que obtendrás una visa.

Pregunta:
Tengo 4 años en este país pero soy indocumentado, aún así pago impuestos, no tengo récord policial y estudio. La pregunta es me quiero casar con mi novia, ella es americana pero yo soy indocumentado (Entré sin visa) ¿Hay manera de legalizarme si me caso con ella, sin regresar al Perú?

Dra. Campos-Orrego: PEDRO. Bueno, me alegro de que estés estudiando, no tengas récord criminal y que pagues tus impuestos, sigue así. Ahora, la decisión de casarte con tu novia americana es solamente tuya, lo único que te puedo decir, es que si lo haces, debes esperar a que se extienda la sección 245(i) de la ley: que permite que las personas que entraron por la frontera, paguen una multa y puedan sacar su residencia sin salir de los USA. La razón de no salir de los USA, es que si sales, te aplicarán el castigo de 10 años para reingresar a los USA por haber estado fuera de status legal por más de 365 días.

Pregunta:
Buenos días, Dra. Campos -Orrego, tengo una consulta que hacerle: Soy peruana y me naturalicé americana hace pocos días, y desde hace meses tengo planes de matrimonio con mi novio de toda la vida Ya hemos separado iglesia para casarnos en junio del presente, mi pregunta es, ¿Cuál es la manera más rápida y conveniente para que mi novio y futuro esposo, venga para acá? He escuchado comentarios de conocidos que me dicen que debo aplicar como visa de “fiance” y casarnos acá, pero yo ya tengo todo listo para mi boda religiosa (la cual no sé si sea un impedimento para ya no ser considerada “fiance”, sino más bien esposo o “relative”.) Aunque indagamos en la iglesia y nos dicen que nos pueden dar una dispensa para no presentar los papeles del matrimonio civil en la parroquia, en caso quisiera casarme en el extranjero; o por el contrario, ¿Debo casarme también por civil en Perú y aplicar luego por mi esposo? Por favor, oriénteme en lo que debo hacer para que él pueda estar conmigo más rápido y ahorrar tiempo. ¿Cuánto se demoraría en venir en cada caso? y si lo pidiera como novio, ¿Cuánto tiempo se demoraría en arreglar su status? Comentario adicional, él se presentó anteriormente, en 2 oportunidades, en la embajada y fue rechazado, ¿Esto afectaría en algo mi petición? o sea, ¿Demoraría más? Y lo último, ¿Me aconseja que someta mi aplicación acá en USA o en Perú?

Dra. Campos-Orrego: MONICA. Felicidades por tus próximas nupcias. La manera más rápida, segura y efectiva, es que te cases en Perú, con todas las de la ley: Por iglesia y por civil; y luego, pidas a tu esposo a tu regreso a los USA. Deberás someter desde acá la petición I-130 al centro de inmigración que corresponda a la ciudad donde vives y luego de aprobada, se inicia el proceso consular y al final del mismo, ingresará a los USA como residente. Tiempo aproximado: Nueve a doce meses; busca un abogado para que te oriente y no demores las cosas más tiempo por algún error involuntario.

Pregunta:
Es un placer saludarla y agradecerle de antemano su respuesta a mi consulta. Llegué a EE.UU. con Visa de Novia, el 8 de diciembre de 2006 y me casé el 27 de diciembre de 2006 con un ciudadano americano. Luego, el 3 de mayo de 2007, me dieron “Permanent Resident Card”, que expira el 3 de mayo de 2009. Entiendo que esa residencia es condicional, por dos años. Mi pregunta es, ¿Cómo tengo que solicitar la renovación de esa Green Card? ¿Qué trámite debo hacer? ¿Cuánto debo pagar por dicho trámite? Que Dios la bendiga.

Dra. Campos-Orrego: CARMEN. Faltando 90 días del vencimiento de tu tarjeta de residente, debes someter una aplicación para remover la condición de tu residencia que se conoce como la forma I-751. En las instrucciones de la forma, te dice cuál es el costo y dónde lo debes enviar. A la vuelta del correo, te llegará un recibo que te extiende la tarjeta por un año, en lo que se decide tu caso. Es muy importante que junto con la aplicación, mandes evidencia de tu matrimonio, tales como estados de cuenta del banco, póliza de seguro médico y/o del auto, tarjetas de crédito, fotos, contrato de alquiler del lugar donde viven, cuentas de agua, luz, teléfono, etc. En algunos casos, la aprueban automáticamente; en otros, te envían una entrevista para que te presentes a tu esposo en la Oficina de Inmigración. Para cualquier forma que necesiten de Inmigración, pueden entrar a la página cibernética de inmigración, que es www.uscis.gov, e ir a “Immigration forms”, y buscas la forma por su número de orden.

Espero haber despejado sus dudas con respecto al tema, y como siempre estoy a su disposición en migra2007@clubdeperuanos.com para recibir sus comentarios, sugerencias y/o consultas.
¡¡¡Dios los bendiga !!!
Lcda. Nora P. Campos-Orrego.


Nora Campos-Orrego
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