www.clubdeperuanos.com Mayo 2007
¿Cómo obtener una pensión de alimentos?
Escrito por el Doctor Javier Gamarra

La pensión de alimentos, es una obligación a la que deben responder determinadas personas, respecto de algunos miembros de su familia, como por ejemplo, los hijos, los cónyuges, los padres, los abuelos o hermanos. En el presente artículo, nos ocuparemos de la pensión alimenticia para los hijos, que consiste en la obligación que tiene todo padre de recibir y exigir del otro, los recursos necesarios para sustentar y desarrollar la vida de sus hijos, conforme a su realidad social y económica, y que debe cubrir la alimentación, habitación, vestido, salud, educación, instrucción y capacitación para el trabajo de los hijos menores de edad, o de los mayores de edad que no han terminado su formación.

Este derecho-deber, la mayoría de las veces, se cumple en forma espontánea; es decir, el padre y/o la madre, proveen de los recursos a sus hijos, para que éstos puedan desarrollar sus propias vidas. Sin embargo, cuando nos enfrentamos a las rupturas de parejas, ya sea por separación o divorcio, muchos padres dejan de cumplir con sus responsabilidades, por lo que es necesario “hacerlas cumplir”, aún así el padre y/o madre, no vivan en el mismo país, ya que éste derecho no cesa, salvo que sea por fallecimiento de alguno de ellos.

En principio, la pensión de alimentos a los hijos debe cumplirse hasta que alcanzan la mayoría de edad. Ahora bien, si continúan estudiando satisfactoriamente o carecen de medios de subsistencia propios, los propios hijos, pueden exigir que continúe esa asignación.

Existen dos caminos para exigir la pensión alimenticia:

Extrajudicial: Puede intentar una conciliación ante un Centro de Conciliación o mediante una Transacción con el padre, para fijar la pensión de alimentos; si no te encuentras en Perú, un abogado o un tercero te podrían representar.

Judicial: Si el padre no da voluntariamente la pensión de alimentos a sus hijos/as, o no es posible lograr un acuerdo extrajudicial, es posible interponer una demanda de pensión de alimentos ante el Juzgado de Familia y solicitar una asignación anticipada mientras dura el proceso.

La cuantía de la pensión de alimentos que se fija en estos procesos, depende de los ingresos de la persona que está obligada a abonarlos y de las necesidades del beneficiario.

Felizmente, hace uno meses se aprobó la ley que regula el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, donde serán inscritas, aquellas personas que adeuden tres (3) cuotas, sucesivas o no, de sus obligaciones alimentarias, establecidas en sentencias consentidas o ejecutoriadas, o en acuerdos conciliatorios con calidad de cosa juzgada. También serán inscritas aquellas personas que no cumplan con pagar pensiones devengadas durante el proceso judicial de alimentos, si no las cancelan en un período de tres (3) meses desde que son exigibles.

Gracias a dicha norma, ya no será tan fácil para los padres evadir sus obligaciones alimentarias, inclusive, la misma norma establece que el Órgano de Gobierno del Poder Judicial, proporcionará a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mensualmente, la lista actualizada de los Deudores Alimentarios Morosos, a efectos de que se registre la deuda alimentaria en la Central de Riesgos de dicha institución. Asimismo, esta información podrá ser remitida también a las Centrales de Riesgo Privadas.

Muchas Gracias.

@Club: Si tienes alguna opinión sobre nuestro boletín, escríbenos a opiniones @clubdeperuanos.com.

Si tienes alguna duda o necesitas más información sobre este tema legal, escríbele directamente al Dr. Gamarra a: doctor_gamarra@yahoo.com, o llámalo al teléfono: (786) 228-9898.



Javier Gamarra Dancourt
El Doctor Gamarra estudio derecho en la Universidad de Lima. Egresado en 1993, se especializa en Derecho Civil. Ejerce en Lima pero viaja constantemente a los Estados Unidos para atender los asuntos legales pendientes de los peruanos en EEUU.


Volver al index
: : Club de Peruanos en Estados Unidos : :
Copyright 2007 www.clubdeperuanos.com - Todos los derechos reservados
Prohibida su reproducción total o parcial sin la autorizacion del @Clubdeperuanos.com